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Consultoría energética · Valencia

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Auditoría energética obligatoria: qué empresas deben pasarla y cómo

19 de febrero de 20265 min de lectura

Cada cuatro años, miles de empresas españolas tienen que renovar su auditoría energética obligatoria — y muchas lo descubren con el plazo encima o con un requerimiento de la administración. Te contamos quién está obligado, qué tiene que cubrir la auditoría y cómo convertir una obligación en una fuente de ahorros.

01Quién está obligado

El Real Decreto 56/2016 obliga a las «grandes empresas»: las que tienen 250 o más trabajadores, o las que facturan más de 50 millones de euros con un balance superior a 43 millones. Se computa a nivel de grupo, así que filiales pequeñas de grupos grandes también entran — este es el despiste más habitual.

La auditoría debe cubrir al menos el 85 % del consumo total de energía final de la empresa en España, y renovarse cada cuatro años desde la anterior.

02Qué debe incluir

  • Realizarse según normas reconocidas: en la práctica, la serie EN 16247.
  • Basarse en datos operativos medibles y actualizados de consumo.
  • Examinar el perfil de consumo de edificios, procesos industriales y transporte.
  • Proponer medidas de mejora cuantificadas: ahorro, inversión y retorno.
  • Registrarse en el registro administrativo correspondiente de la comunidad autónoma.

03Sanciones por no cumplir

No realizar la auditoría estando obligado es infracción grave, con multas que pueden llegar a los 60.000 euros. Y las comunidades autónomas han pasado de no mirar a requerir activamente: cruzan datos mercantiles con sus registros de auditorías.

04La alternativa inteligente: ISO 50001

Las empresas con un sistema de gestión energética ISO 50001 certificado quedan eximidas de la auditoría cuatrienal. Para organizaciones con varios centros o consumo importante suele ser la opción más rentable: en lugar de una foto cada cuatro años, un sistema que busca ahorros todos los días y que además puntúa en licitaciones y cadenas de suministro.

05Conviértela en inversión, no en trámite

Una auditoría hecha para cumplir el expediente cuesta casi lo mismo que una hecha para ahorrar — y la segunda se paga sola. Nuestras auditorías EN 16247 priorizan medidas con retorno claro y, desde 2023, identifican también qué actuaciones pueden generar Certificados de Ahorro Energético que financien parte de la inversión.

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